Los 12 parlamentos autonómicos: fechas de constitución, la elección de la Mesa y formación de gobiernos

Las fechas y plazos de constitución de las Cámaras legislativas de las comunidades autónomas y de la investidura de los presidentes y presidentas de los gobiernos varían en cada territorio.

De cara a la sesión de constitución de las Cámaras los partidos con representación tendrán que negociar el reparto de cargos en la Mesa. Según lo estipulado en los distintos estatutos y normativas autonómicas, en La Rioja, Murcia y Navarra no tienen límite de tiempo para celebrar el debate de investidura y, por tanto, pueden estirar las negociaciones incluso del reparto de la Mesa de los respectivos parlamentos salientes del resultado de las autonómicas. En todos los casos la formación de gobiernos puede extenderse a después de las elecciones generales del 23 de julio.

Las fechas por comunidades son:

ARAGÓN

·   Constitución: 23 de junio.

·   Pleno de investidura: no está prevista fecha de celebración del debate de investidura. El presidente de las Cortes de Aragón celebrará consultas y propondrá un candidato en el plazo de 10 días desde la constitución. Si no fuese investido en primera votación, se celebrará otra votación 24 horas después y bastará mayoría simple. En el caso de no conseguir dicha mayoría, se tramitarán sucesivas propuestas en la forma prevista anteriormente, debiendo mediar entre cada una de ellas un plazo no superior a diez días. Transcurridos dos meses desde la primera votación, si no se ha logrado investir a ningún candidato, se celebrarán nuevas elecciones.

ASTURIAS

·   Constitución: 26 de junio

·   Pleno de investidura: en los 10 días siguientes a la sesión constitutiva. Hasta 24 horas antes, los miembros de la cámara pueden proponer candidatos. Si ningún candidato obtiene la investidura, se repetirá la votación a las 48 horas en la que será investido el candidato con mayor número de votos. Transcurridos dos meses desde la constitución, si no se ha logrado investir a ningún candidato, se celebrarán nuevas elecciones.

BALEARES

·   Constitución: 20 de junio, dentro del plazo máximo de 30 días desde la celebración de las elecciones.

·   Pleno de investidura: en los 15 días siguientes a la constitución, el presidente del parlamento realizará consultas a los grupos parlamentarios y propondrá un candidato, pero no se fija plazo para celebrar el pleno de investidura. Si el candidato no fuese investido en primera votación, se repetirá la votación pasadas 48 horas y bastará mayoría simple. Transcurridos dos meses desde la constitución, si no se ha logrado investir a ningún candidato, se celebrarán nuevas elecciones.

CANARIAS

·   Constitución: 27 de junio

·   Pleno de investidura: no está prevista la fecha de celebración del debate de investidura. El presidente del parlamento de Canarias celebrará consultas y propondrá un candidato. Si no fuese investido en primera votación, se celebrará otra votación 48 horas después y bastará mayoría simple. Caso de no conseguir dicha mayoría, se tramitarán sucesivas propuestas. Transcurridos dos meses desde la constitución, si no se ha logrado investir a ningún candidato, se celebrarán nuevas elecciones.

CANTABRIA

·   Constitución: 22 de junio

·   Pleno de investidura:  el presidente del parlamento debe formular una propuesta de candidato en los 20 días siguientes a la constitución. El pleno de investidura se celebrará entre el tercer y el séptimo día siguientes a la propuesta de candidato. Si no fuese investido en primera votación, se repetirá la votación pasadas 48 horas y bastará mayoría simple. Transcurridos dos meses desde la constitución, si no se ha logrado investir a ningún candidato, se celebrarán nuevas elecciones.

CASTILLA – LA MANCHA

·   Constitución: 22 de junio.

·   Pleno de investidura: en los 15 días siguientes a la constitución de la cámara, el presidente de la misma realizará consultas con los grupos parlamentarios. No hay plazo previsto para que se celebre el pleno de investidura, pero si transcurridos dos meses desde la primera votación, ningún candidato ha sido investido, se inviste al candidato de la lista más votada.

COMUNIDAD DE MADRID

·   Constitución: 13 de junio.

·   Pleno de investidura: en los 15 días siguientes a la constitución de la Asamblea, el presidente/a de la cámara realizará consultas con los grupos parlamentarios. Terminadas éstas, propondrá candidato y el pleno se celebrará entre el tercer y el séptimo día desde que se realice la propuesta. En cualquier caso, se celebrará el pleno y si no se consigue investir a nadie, comienza a correr el plazo de dos meses, transcurridos los cuales, si no ha podido investirse a ningún candidato, se disolverá la Asamblea y se convocarán nuevas elecciones.

COMUNIDAD VALENCIANA

·   Constitución: 26 de junio.

·   Pleno de investidura: en los 12 días siguientes a la constitución de las Cortes Valencianas, los grupos parlamentarios tienen que presentar sus propuestas de candidato y el pleno tiene que celebrarse entre el tercer y el séptimo día siguientes, proponiendo el presidente/a de las Cortes al candidato que concite el mayor apoyo de los grupos políticos. Si no hay investidura en la primera votación, se repetirá a las 48 horas siguientes, cuando bastará la mayoría simple para investir al candidato. Transcurridos dos meses desde la constitución, si no se ha logrado investir a ningún candidato, se celebrarán nuevas elecciones.

EXTREMADURA

·   Constitución: 20 de junio. La fecha debía fijarse dentro de los 15 días siguientes a la celebración de las elecciones.

·   Pleno de investidura: durante los 15 días siguientes a la sesión de constitución. Si no hay investidura en la primera votación, se repetirá a las 48 horas siguientes, cuando bastará la mayoría simple para investir al candidato. Transcurridos dos meses desde la constitución, si no se ha logrado investir a ningún candidato, se celebrarán nuevas elecciones. 

LA RIOJA

·   Constitución: 22 de junio

·   Pleno de investidura: no está prevista la fecha de celebración del debate de investidura. El presidente de la Asamblea de La Rioja celebrará consultas y propondrá un candidato. Si no fuese investido en primera votación, se celebrará otra votación 48 horas después y bastará mayoría simple. Caso de no conseguir dicha mayoría, se tramitarán sucesivas propuestas. Transcurridos dos meses desde la constitución, si no se ha logrado investir a ningún candidato, se celebrarán nuevas elecciones.

MURCIA

·   Constitución: 14 de junio

·   Pleno de investidura: no está prevista la fecha de celebración del debate de investidura. El presidente de la Asamblea de Murcia celebrará consultas y propondrá un candidato. Si no fuese investido en primera votación, se celebrará otra votación 48 horas después y bastará mayoría simple. Caso de no conseguir dicha mayoría, se tramitarán sucesivas propuestas. Transcurridos dos meses desde la constitución, si no se ha logrado investir a ningún candidato, se celebrarán nuevas elecciones.

NAVARRA

·   Constitución: 16 de junio

·   Pleno de investidura: no está prevista la fecha de celebración del debate de investidura. El presidente de las Cortes de Navarra celebrará consultas y en el plazo de 10 días desde la constitución, propondrá un candidato. Si no fuese investido en primera votación, se celebrará otra votación 24 horas después y bastará mayoría simple. Caso de no conseguir dicha mayoría, se tramitarán sucesivas propuestas. Transcurridos 3 meses desde las elecciones, si no se ha logrado investir a ningún candidato, se celebrarán nuevas elecciones.