Imagen de una sala de cine. Fuente Pixabay.jpg

Las productoras independientes piden al Gobierno endurecer la cuota de pantalla de la nueva ley del Cine

El Proyecto de ley del Cine y de la Cultura Audiovisual permanece en stand by por las sucesivas ampliaciones del plazo de enmiendas. Ya van 14 y se esperan algunas más, puesto que el Grupo Socialista prioriza el Proyecto de ley de creación de la Oficina Española de Derechos de Autor y Conexos. La comisión de Cultura y Deporte abordará ambas y, hasta que no se encarrile la de derechos de autor, no se abordará la del Cine. No obstante, los grupos parlamentarios ya trabajan sus enmiendas y el sector se moviliza.

Varias asociaciones han articulado la PAP, Plataforma de Productoras Independientes. PROA, PIAF, AECINE, DIBOOS, MAPA y PROFILM se han integrado en dichas siglas con el objetivo de trasladar de forma conjunta sus inquietudes a los diferentes grupos.

La PAP ha analizado el Proyecto de ley y plantea una serie de modificaciones relativas a la cuota de pantalla y nuevas líneas de financiación, entre otras cosas.

Cuota de pantalla

Según fuentes conocedoras de las negociaciones, la cuota de pantalla es uno de los puntos más sensibles. El actual redactado atesora una regulación más flexible, que permite su cumplimiento con la programación de cine iberoamericano además de cine europeo. Asimismo, incluye de una serie de factores de valor doble a la hora de calcular el cómputo global.

Así, el artículo 15, relativo a la cuota de pantalla, estipula que la programación de las salas de exhibición cinematográfica deberá incluir películas cinematográficas de Estados miembros de la Unión Europea o iberoamericanas en cualquier versión, de forma tal que, al concluir cada año natural, al menos el 20 % de las sesiones que se hayan programado sea con películas cinematográficas comunitarias o iberoamericanas. Del cómputo total anual se exceptuarán las sesiones en las que se exhiban películas cinematográficas de terceros países en versión original subtitulada.

Sin embargo, las productoras independientes piden endurecer la regulación y elevar el porcentaje al 40%, además de establecer un límite de pantallas por película.

El Proyecto de ley contempla una serie de casos que, a la hora de calcular el cómputo global de la cuota de pantalla, valen doble. Son los siguientes:

a) Películas comunitarias o iberoamericanas de ficción en versión original subtitulada a alguna de las lenguas oficiales españolas, o a alguna de las reconocidas estatutariamente de las Comunidades Autónomas.

b) Películas comunitarias o iberoamericanas dirigidas exclusivamente por mujeres.

c) Películas comunitarias o iberoamericanas de animación.

d) Películas documentales y experimentales comunitarias o iberoamericanas.

e) Programas compuestos por grupos de cortometrajes comunitarios o iberoamericanos cuya duración total sea superior a sesenta minutos.

f) Películas comunitarias o iberoamericanas que incorporen sistemas de accesibilidad para personas con discapacidad física o sensorial, tanto la traducción a la lengua de signos como el subtitulado y la audiodescripción.

g) Películas comunitarias o iberoamericanas que se proyecten en salas o complejos cinematográficos que en el transcurso del año de cómputo obtengan una recaudación bruta inferior a 200.000 euros.

h) Películas comunitarias o iberoamericanas cuando permanezcan en explotación en una misma sala más de diecisiete días consecutivos o un período consecutivo en el que existan tres fines de semana.

En este sentido, la PAP pide un supuesto más:

j) Películas producidas íntegramente por productoras independientes. Se entenderá que una película es “producida íntegramente por productoras independientes” cuando, a fecha de su calificación, las productoras que ostenten el cien por ciento de su titularidad tengan la consideración de productora independiente.

Líneas de financiación

Como medida de fomento a la cinematografía y al audiovisual, la propuesta del Gobierno  es que los Presupuestos Generales del Estado incluyan un Fondo de Protección adecuado a los objetivos que se marquen en el plan estratégico, cuya gestión centralizada se realizará por el ICAA para atender las ayudas previstas legalmente. Se reza, textualmente, que “se garantizará en todo caso que un porcentaje mayoritario se destine a mantener la actividad cinematográfica”, lo cual no es suficiente, según la PAP.

La plataforma pide que el artículo 16.3 sustituya dicho entrecomillado por el siguiente:

“La creación de nuevas líneas de ayudas -o recuperación de antiguas actualmente no vigentes- destinadas a obras audiovisuales cuyo fin no sea la explotación comercial cinematográfica en salas deberá considerarse como una adición a las ayudas ya vigentes y, consecuentemente, dotarse de nuevos fondos adicionales, autónomos e independientes. Así, el importe destinado por el ICAA a las ayudas a la producción de obras cinematográficas cuyo fin es la explotación comercial en salas no podrá padecer en ningún ejercicio minoración alguna en su dotación en favor de cualquier otra línea de ayuda, manteniendo como base mínima la dotación actualmente vigente”.

“Nos parece importante que quede explicitada la protección de la dotación de la producción cinematográfica. Es importante tener una ley que recoja otros tipos de obras audiovisuales pero no se puede pretender que el mismo fondo actual dé cobertura a todas las líneas. Resulta por tanto imprescindible una ampliación del fondo que permita mantener la línea cinematográfica en condiciones no inferiores a las actuales incorporar más fondos para dotar a las demás líneas”, justifica la PAP.